El juez federal Alejo Ramos Padilla emitió una resolución en la causa por la acción judicial de nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 137/2025 del Poder Ejecutivo que designó en comisión en la Corte Suprema a Ariel Lijo y Manuel García.
El magistrado se declaró competente, le dio un plazo de tres días al Estado para que elabore un informe y ordenó notificar a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla.
El juez federal Alejo Ramos Padilla emitió una resolución en la causa por la acción judicial de nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 137/2025 del Poder Ejecutivo que designó en comisión en la Corte Suprema a Ariel Lijo y Manuel García.
Se trata de la presentación que realizó esta semana la asociación civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis).
El Cepis solicitó una medida cautelar para que se suspendan los efectos de la decisión impugnada y una medida cautelar interina para que se suspenda la toma de juramento hasta tanto se resuelva la cautelar requerida, informó el portal Palabras del Derecho.
La asociación solicitó también que la acción se inscriba en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema. La causa recayó en el Juzgado en lo Civil, Contencioso Administrativo Federal N°4 de La Plata, a cargo de Alberto Recondo, que fue recusado sin causa por los representantes del CEPIS, por lo que el expediente quedó a cargo del Juzgado Federal 2 de La Plata, con competencia civil y comercial, subrogado por Ramos Padilla.
En su resolución, Ramos Padilla le dio un plazo de tres días al Estado nacional para que elabore un informe respecto de la cautelar. Además, ordenó notificar a Lijo y García Mansilla para "que puedan presentarse a ejercer sus derechos". Por último, ordenó la consulta al Registro de Procesos Colectivos.