El conflicto por el test de alcoholemia a los diplomáticos rusos escala y ya llegó a la justicia federal y a la Corte Suprema. Una de las primeras fue la denuncia efectuada por la diputada Marcela Pagano contra el personal de tránsito de la Policía de Ciudad que llevó a cabo el control a los diplomáticos rusos que se negaron a hacer el test.
En tanto, el exjuez en lo Penal Económico y actual abogado Guillermo Tiscornia efectuó una denuncia similar, pero la interpuso ante la Corte para que intervenga de manera originaria al tratarse de un conflicto con diplomáticos.
Para el abogado, “las ilicitudes posiblemente perpetradas por dicho personal policial local consistirían – eventualmente- en abuso de autoridad y violación de los deberes inherentes al ejercicio funcional (arts. 248 a 253 Código Penal).
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En las denuncias se pide deslindar las eventuales responsabilidades del área de Tránsito de la Policía porteña. Se invoca “la probable comisión de una actividad delictiva perpetrada contra la Constitución Nacional en tanto y en cuanto la Convención Internacional de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares ha sido, oportunamente, ratificada por el Estado Argentino”.
El episodio se disparó a partir de un control de alcoholemia de rutina realizado en el barrio porteño de Recoleta en horas de la mañana del día 25 de diciembre.
Los dos diplomáticos de nacionalidad rusa Sergei Baldin y Cardmath Salomatin fueron demorados a bordo de sus vehículos con chapa patente diplomática, pero se negaron a realizarse el test.
Al respecto, la Embajada de Rusia consideró “una grave violación de derecho internacional” el control de alcoholemia a sus diplomáticos en Recoleta.
¿Conflicto diplomático?
Por su parte, Pagano pidió investigar el operativo, que se esclarezca si la actuación de los agentes fue planificada de manera legítima “o si, por el contrario, respondieron a un intento deliberado de generar un conflicto diplomático”, entre la Argentina y la Federación de Rusia.
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Convención de Viena
Pagano remarcó que la inmunidad diplomática es una prerrogativa reconocida por la Convención de Viena de 1961 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, ambas incorporadas al derecho argentino.
Y que la insistencia de los agentes de tránsito y la falta de directrices claras por parte de las autoridades denunciadas constituyen una “flagrante violación a estas normas”
¿Qué dice el gobierno porteño?
En tanto, Pablo Bereciartua, cabeza del Ministerio de Infraestructura de CABA advirtió en su cuenta de X que “Todos los ciudadanos están obligados a cumplir las normas y leyes de tránsito. Esto incluye al Cuerpo Diplomático de acuerdo al artículo N° 41 de la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas. En el caso de público conocimiento se respetó la inmunidad diplomática”.
Varios abogados especialistas en derecho internacional se inclinaron por esta posición al explicar que la inmunidad no es absoluta.
La carta de Viviam Perrone a Pagano tras la denuncia por la polémica contra los diplomáticos rusos
Luego que la diputada Marcela Pagano anunciara y presentara su denuncia al área de Tránsito de la administración de Capital Federal, Viviam Perrone, mamá de Kevin Sedano e integrante de la Asociación Madres del Dolor, escribió una carta.
“Leímos su denuncia penal contra Darío Antiniolo, Subsecretario de Tránsito y Leandro Ricciardi, Director General del Cuerpo de Agentes de Tránsito. Seguramente, mientras lo hacía, tenía cerca a su bebé recién nacido en este día de Navidad. Nosotros no tenemos a nuestros seres queridos debido a conductores imprudentes que no respetaron la Ley Vial y terminaron con la vida de nuestros hijos”, comienza el escrito.
Según detalló la mujer, “todos los tratados están por encima de las leyes”, pero, circulando en una ciudad, “hay leyes básicas como el respeto al semáforo, no tapar las rampas para discapacitados, no conducir en estado de embriaguez, etc. que deben respetarse”.
Ante ello, desde Madres de Dolor mostraron su “total apoyo a los señores Antiniolo y Ricciardi” ya que “el Respeto a la Vida debe ser el Derecho máximo a cuidar y defender en todo el mundo”.
“La inmunidad diplomática no los exime de cumplir la ley. Todas las personas que gocen de privilegios e inmunidades deben respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor”, concluyó.
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