Revés para el Gobierno: la Justicia falló a favor de Chiqui Tapia y quedó confirmado como presidente de AFA

La Cámara de Apelaciones en lo Civil decidió a favor de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), declarando nula la Resolución 793/2024 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ).

La Justicia declaró nula la Resolución 793/2024 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ) que invalidaba la asamblea general de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) en la que resultó reelecto como presidente de manera anticipada Claudio 'Chiqui' Tapia.

La medida resuelta por la Cámara Civil de la Nación significa un duro golpe contra Mauricio Macri y el gobierno de javier Milei, los principales impulsores de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en el fútbol argentino.

El 17 de octubre pasado, la AFA desarrolló la Asamblea General Ordinaria en el predio Lionel Messi de Ezeiza, donde Tapia resultó reelecto hasta 2028.

El titular de la IGJ, Daniel Vitolo, advirtió que lo ocurrido en Ezeiza "no tiene ninguna validez" y es "irregular". Por tal motivo, la AFA realizó una presentación en la Cámara de Apelaciones en lo Civil a la resolución de la IGJ y la pelota quedó entonces del lado de la Justicia.

En medio del conflicto entre la AFA y el Gobierno, el presidente de la FIFA, Gianni Infantino, felicitó a Tapia por haber logrado la reelección.

Finalmente, la Cámara Civil falló este viernes a favor de la reelección de Tapia, que cumplirá otro mandato al frente de la casa madre del fútbol argentino hasta 2028, poniendo fin a la discusión.

El fallo de la Justicia a favor de Claudio 'Chiqui' Tapia

El fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil señala que "no puede dudarse (...) de la eficacia del acto asambleario" y considera que la impugnación de la IGJ "adolece de razonabilidad y motivación".

"Las razones en que presuntamente intenta darle sustento resultan meramente aparentes ya que no sólo la convocatoria al acto asambleario no emerge -según sus propios antecedentes- como violatoria del estatuto sino que, menos aún, se advierte contrario o lesivo de los derechos de los asociados. No sólo eso, sino que a partir de la inobservancia de brindar oportunidad a la entidad a ejercer su derecho de defensa, se concluye en la ilegitimidad de la resolución impugnada", indica el escrito.

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