Atención Monotributistas: ARCA creó el padrón de trabajadores independientes con colaboradores

ARCA, antes conocida como AFIP, comunicó que los empleados que sean monotributistas o autónomos podrán contratar hasta tres trabajadores.

El Gobierno dispuso la creación del Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC), que permite a un contribuyente del Monotributo o autónomo contratar hasta tres colaboradores sin establecer relación de dependencia.

Este régimen, aprobado en la Ley Bases, fue oficializado mediante la Resolución General 5599/2024 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada en el Boletín Oficial.

Cómo inscribirse al nuevo padrón de trabajadores independientes que creó ARCA

afip
Los monotributistas que deben pagar $3.000 a AFIP en octubre 2024.

Los monotributistas que deben pagar $3.000 a AFIP en octubre 2024.

Para inscribir la relación en el "PADIC", se estableció que, antes de que los colaboradores comiencen sus tareas, los trabajadores independientes deben ingresar a este servicio, disponible en el sitio web institucional, utilizando su "Clave Fiscal" con un Nivel de Seguridad 3 como mínimo.

Al ingresar, deberán crear el emprendimiento productivo mediante la opción "Agregar Emprendimientos" y declarar los siguientes datos:

  • Nombre de fantasía del emprendimiento.
  • Fecha de inicio del emprendimiento.
  • Fecha de finalización, si aplica.
  • Domicilio donde se desarrolla la actividad, si corresponde.
  • Actividad.
  • CUIT de los colaboradores independientes.

La resolución detalla que, una vez completado el registro, tanto los trabajadores independientes como sus colaboradores recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico con el "CÓDIGO PADIC", una identificación asignada al emprendimiento en el "PADIC".

Los colaboradores tendrán 72 horas desde la notificación para continuar con el trámite.

Cuáles son los requisitos para inscribirse al padrón de trabajadores independientes con colaboradores

Los requisitos para ingresar al padrón son:

  • Tener una Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo "Activo sin limitaciones".
  • Estar registrados en el régimen general de impuestos y recursos de seguridad social como trabajadores autónomos o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

Tanto la inscripción como cualquier otro trámite se realizan de manera totalmente virtual a través del sitio web del padrón.

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